Fiscalidad Internacional

Impuestos Criptomonedas España 2026: DAC8, Modelo 721 y Cómo Declarar en el Modelo 100

Por Andriy Tsura, Lex Dixit Tax and Legal · Abril 2026 · 6 min de lectura

2026 marca un cambio significativo en cómo España aplica el cumplimiento fiscal en materia de criptomonedas. El DAC8 — la directiva europea que obliga a los exchanges a reportar automáticamente los datos de los usuarios a las autoridades tributarias — entró en vigor el 1 de enero de 2026. Si eres residente fiscal en España con criptoactivos, la era de las ganancias sin declarar ha terminado efectivamente. Esto es lo que debes saber antes de presentar tu Modelo 100.

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DAC8 en vigor desde el 1 de enero de 2026. Coinbase, Binance, Kraken y otros exchanges registrados en la UE están obligados a reportar el historial de transacciones y saldos de los usuarios españoles a la AEAT. Si no has declarado ganancias de criptomonedas en años anteriores, esta es la ventana para regularizar voluntariamente.

¿Qué es el DAC8?

El DAC8 (Directiva de Cooperación Administrativa, 8ª modificación) es un marco europeo que extiende el intercambio automático de información fiscal a los proveedores de servicios de criptoactivos. Desde enero de 2026, cualquier exchange registrado en la UE que atienda a residentes fiscales españoles debe recopilar, verificar y transmitir automáticamente los datos de las cuentas de sus clientes a la AEAT.

Esto incluye: historial de transacciones, saldos de cartera a fin de año, ganancias y pérdidas, e información de identificación. La AEAT dispondrá de estos datos antes de que presentes tu Modelo 100. La implicación práctica: cualquier discrepancia entre lo que reporte el exchange y lo que declares quedará marcada automáticamente.

Dos obligaciones distintas: Modelo 100 y Modelo 721

Los residentes en España con criptoactivos tienen dos obligaciones de declaración diferentes, y confundirlas es uno de los errores más comunes que vemos:

Formulario Qué cubre Plazo Umbral
Modelo 100 Ganancias, pérdidas e ingresos de criptomonedas durante el año (operaciones, ventas, staking, minería) Abril–30 de junio de 2026 Sin mínimo — declara todos los hechos imponibles
Modelo 721 Tenencias en monederos y exchanges extranjeros superiores a 50.000 € a 31 de diciembre del año anterior Del 1 de enero al 31 de marzo de cada año 50.000 € en todos los monederos extranjeros combinados

El Modelo 721 es una declaración informativa — por sí sola no genera deuda tributaria. Pero no presentarlo cuando es obligatorio conlleva una sanción mínima de 10.000 € por declaración no presentada. El plazo de 2026 para las tenencias de 2025 ya ha pasado (31 de marzo de 2026). Si lo has perdido, debes buscar orientación sobre opciones de regularización voluntaria.

Cómo declarar las ganancias de criptomonedas en el Modelo 100

Las ganancias y pérdidas de criptoactivos se declaran en la sección de ganancias y pérdidas patrimoniales del Modelo 100. Los principios clave:

  • Hecho imponible = transmisión. El hecho imponible se produce cada vez que vendes, intercambias o utilizas criptomonedas. Mantener cripto no tributa — solo la transmisión genera ganancia o pérdida.
  • Ganancia = precio de venta menos coste de adquisición. España aplica por defecto el método FIFO (primera entrada, primera salida) — el primer criptoactivo adquirido se considera el primero vendido.
  • Los swaps cripto-a-cripto son hechos imponibles. Intercambiar Bitcoin por Ethereum es un hecho imponible en España. El valor de mercado en el momento del swap determina la ganancia.
  • Usar cripto para pagar bienes o servicios es un hecho imponible. Si pagaste unas vacaciones con Bitcoin, eso es una transmisión al precio de mercado del día.

Tipos impositivos sobre ganancias de criptomonedas (2026)

Las ganancias de criptomonedas tributan como parte de la base imponible del ahorro a los siguientes tipos:

Importe de la ganancia Tipo impositivo
Hasta 6.000 €19%
6.001 € – 50.000 €21%
50.001 € – 200.000 €23%
200.001 € – 300.000 €27%
Más de 300.000 €28%

Los tipos corresponden a la base imponible del ahorro (ganancias patrimoniales). Otros tipos de ingresos por criptomonedas (staking, minería) pueden tributar de forma diferente — ver más abajo.

NFTs: ¿cómo tributan?

España no dispone aún de legislación específica para los NFTs, pero se aplica el marco general para criptoactivos. La venta o intercambio de un NFT con beneficio genera una ganancia patrimonial, que se declara en el Modelo 100 en la misma sección que las demás ganancias de criptomonedas.

La cuestión más compleja son las regalías de creador — los ingresos que se perciben cada vez que un NFT creado por ti se revende. La AEAT no ha emitido orientaciones formales, pero el consenso emergente entre los asesores fiscales apunta a que las regalías recurrentes se tratan más probablemente como rendimientos de actividades económicas (similar al trabajo autónomo) que como ganancias patrimoniales. Esto implicaría tributar a los tipos progresivos del IRPF en lugar de los tipos del ahorro — una diferencia potencialmente significativa para los creadores prolíficos de NFTs.

DeFi e ingresos por staking

Los ingresos procedentes de las finanzas descentralizadas (DeFi) y el staking son un área en pleno desarrollo en la normativa fiscal española. El marco actual los trata del siguiente modo:

  • Recompensas de staking: Se tratan generalmente como rendimientos del capital mobiliario — tributan a los tipos del ahorro (19%–28%) en el momento de su recepción, sobre el valor de mercado de los tokens recibidos.
  • Yield farming / liquidity mining: Tratamiento similar al staking en la mayoría de los casos — ingreso reconocido en el momento de la recepción. Sin embargo, si se proporciona liquidez de forma profesional o a escala significativa, la AEAT puede considerarlo actividad económica.
  • Ingresos por préstamo de cripto: Los intereses obtenidos por prestar criptomonedas en plataformas como Aave se tratan como rendimientos del capital mobiliario.
  • Airdrops: Generalmente tributan al valor de mercado en el momento de la recepción. Si como ingreso o ganancia patrimonial depende de la naturaleza del airdrop — es aún una zona gris.

Errores más comunes — y lo que cuestan

En las consultas sobre fiscalidad de criptomonedas, estas son las situaciones que surgen con más frecuencia:

  • No registrar el coste de adquisición. Si no puedes documentar lo que pagaste por tu criptomoneda, no puedes calcular tu ganancia correctamente. Con el DAC8, la AEAT dispone de los datos de venta — si no puedes aportar los datos de adquisición, podrías tributar sobre el importe total de la venta.
  • Olvidar el Modelo 721. Muchos extranjeros no saben que existe este formulario. Sanción: mínimo 10.000 € por año no declarado. El plazo de 2025 fue el 31 de marzo de 2026.
  • Tratar todos los ingresos de cripto como ganancias patrimoniales. El staking, la minería y los ingresos de yield farming tributan de forma distinta a las ganancias patrimoniales. Una clasificación errónea puede implicar tanto infratributación como sobretributación en diferentes apartados.
  • No declarar los swaps cripto-a-cripto. La creencia errónea de que los swaps no tributan hasta que se "materializa" en moneda fiat. En España, toda transmisión es un hecho imponible.
  • Suponer que los datos de exchanges extranjeros no llegan a la AEAT. El DAC8 ha cambiado esto. Los exchanges fuera de la UE quedan fuera del ámbito del DAC8, pero la AEAT utiliza cada vez más otros marcos de intercambio de información y auditorías aleatorias.

Cuándo buscar asesoramiento

Si tienes actividad significativa en criptomonedas — múltiples transacciones, ingresos por staking, participación en DeFi, o tenencias superiores a 50.000 € en monederos extranjeros — una consulta antes de presentar la declaración es tiempo bien invertido. El coste de una declaración incorrecta, o de un Modelo 721 no presentado, supera ampliamente el coste de hacerlo bien a la primera.

Te asesoramos sobre tu situación específica: qué operaciones tributan, cómo calcular las ganancias correctamente, qué formularios debes presentar y qué opciones de regularización voluntaria existen si no declaraste en años anteriores.

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